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©️ ¿CÓMO PROTEGER MIS RECURSOS DIGITALES? ©️


¡Hola, lazarillos y lazarillas! Supongo que muchos de vosotros sabréis que hace poco me enteré de algo que me ha causado mucha ansiedad últimamente: una chica estaba vendiendo mis 30 temas de las oposiciones de Lengua Castellana y Literatura y sus respectivos 25 resúmenes durante casi dos años, hechos por mí y que yo misma compartí gratis, por un acto de generosidad desde mi corazón, con un grupo de opositores de la Comunidad Valenciana.

Esta persona non grata tapó mi nombre de todos los documentos que ella misma me pidió por Facebook hace dos años, cuando vio que regalaba mis temas con ese grupo reducido de opositores, bajo la excusa de que, aunque ella era de la especialidad de Inglés, su hermana era de Lengua Castellana y Literatura y le vendrían muy bien. Con buena fe se los compartí a ella y a más personas, sin caer en la cuenta de que podrían hacer un uso fraudulento de ese material que altruistamente regalé para ayudar en el arduo proceso de las oposiciones, pues yo acababa de conseguir mi ansiada plaza.

El 13 de julio de 2021 compartí mis temas por Gmail cometiendo un error: en mis documentos solo aparecía mi nombre (Natalia Galbis Reig) a pie de página, pero no puse ninguna licencia ni registré esos documentos privados. Eso se ha vuelto en mi contra dos años después. Investigando sobre la propiedad intelectual, he averiguado que con solo poner tu nombre no basta para proteger tus propios documentos; hay que poner siempre una licencia y, si cabe, registrarlos para que quede constancia de la fecha de creación y difusión. 

Por ello, pese a que no tenga una máquina del tiempo y no pueda retroceder al pasado para proteger mi temario, a partir de ahora seré más cauta y todo esto me servirá para proteger MI TRABAJO de personas que pretendan sacar un beneficio a costa de un acto de bondad. 

Pese a todo, tras meditarlo detenidamente, he decidido compartir mi temario de oposiciones de nuevo altruistamente, con opción a donaciones voluntarias a través de mi Gumroad, con el objetivo de eliminar el valor monetario que puedan tener mis temas sin nombre. Ahora pasarán a tener solo un valor académico al poderse descargar gratis desde mi página web. De este modo, espero evitar futuras ventas ilícitas de mi temario, pues no sé cuánta gente tendrá ahora mismo mi material sin mi autoría y qué uso le pueden dar en el futuro. 

Ahora mis temas están oficialmente registrados en el Registro de la Propiedad Intelectual y con licencia Creative Commons que evita su uso comercial, difusión sin permiso y obra derivada.

Si queréis descargar mi temario de oposiciones de Lengua Castellana y Literatura, aquí os dejo el enlace de descarga:


Espero que toda esta información que os comparto aquí os ayude tanto como me ha ayudado a mí a mantenerme bien informada de las posibilidades legales que tenemos ante injusticias así, ya sea para prevenir y curarse en salud o para actuar en caso de plagio y venta ilícita.

LICENCIAS PARA CREADORES

Existen varios tipos de licencias para creadores de contenido, según el modo en que se quiera proteger las obras de creación propia.

I. CREATIVE COMMONS

La más conocida es la licencia Creative Commons, una organización sin fines de lucro (la licencia es gratuita, aunque no hay registro de las obras), dedicada a promover el acceso e intercambio de cultura. Desarrolla un conjunto de instrumentos jurídicos de carácter gratuito que facilitan usar y compartir la creatividad y el conocimiento.




Hay seis licencias Creative Commons diferentes, según los permisos legales que queráis proporcionar a vuestras obras creativas:

1. Reconocimiento (bY)

Esta licencia permite cualquier explotación de la obra, incluyendo una finalidad comercial, así como la creación de obras derivadas, la distribución de las cuales también está permitida sin ninguna restricción, con la única condición de que se haga referencia expresa al autor, es decir, que aparezca su nombre en cualquier uso o acto de explotación que se haga de la obra. Como dato, la obligación de reconocimiento está presente en todas las licencias Creative Commons.

2. Reconocimiento - Compartir igual (bY-SA) 

Esta licencia permite el uso comercial de la obra y de las posibles obras derivadas, pero la distribución de estas se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original. Es decir, la obra derivada que se lleve a cabo a partir de la obra original deberá ser explotada bajo la misma licencia.

3. Reconocimiento - sin obra derivada (by-nd)

Esta licencia permite el uso comercial de la obra pero no la generación de obras derivadas; es decir, que la obra solo puede ser usada en su formato original, no cabe su transformación o modificación. 

4. Reconocimiento - No comercial (NY-NC)

Esta licencia permite la generación de obras derivadas siempre que no se haga un uso comercial de estas. Tampoco se puede utilizar la obra original con finalidades comerciales.

5. Reconocimiento - no comercial - compartir igual (NY-NC-SA) 

Esta licencia no permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas. Además, la distribución de estas obras derivadas se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.

6. Reconocimiento - no comercial - sin obra derivada (by-nc-nd)

Esta licencia no permite la generación de obras derivadas ni hacer un uso comercial de la obra original, es decir, solo son posibles los usos y finalidades que no tengan carácter comercial. Es la licencia Creative Commons más restrictiva.

ATENCIÓN: lee atentamente las condiciones de cada licencia y escoge según el grado de protección que quieras darle a tus recursos. Así que ¡mucho cuidado con cuál eliges!

CONSEJO PERSONAL: añade a tus documentos tanto la imagen de la licencia que escojas como el texto descriptivo donde se detalla qué se puede o no se puede hacer con el material. Encontrarás el texto en la página oficial de Creative Commons. El texto está en inglés, pero puedes traducirlo.

II. SAFE CREATIVE



Safe Creative es una plataforma de servicio en línea principalmente usada para el registro de derechos de autor en un formato digital, hecho para mostrar evidencia del registro de los derechos de autor de los propietarios del material creativo, en caso de plagio o uso indebido de materiales con derechos de autor.

Es válida para presentar cualquier opción de coyprigyt (`Todos los derechos reservados'). La evidencia de la obra se basa en el depósito del archivo (MD5, SHA-1 y SHA512), así como en la hora de creación y de registro.

Safe Creative es de pago y estos son sus precios:


III. SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES (SGAE)


La SGAE es una entidad privada sin ánimo de lucro dedicada a la defensa y gestión colectiva de los derechos de propiedad intelectual en artes escénicas, audiovisuales y música.

Ofrecen asistencia jurídica gratuita y ayudas sociales a sus socios, quienes registran sus obras y la sociedad abona los pagos de sus derechos de autor. La misión principal de esta entidad es ayudar a sus socios a que vivan de su obra creativa y que perciban lo que les corresponda por el uso que se hace de ella. 

Para ser socio de la SGAE hay que pagar un único abono de 15 € como alta y ya está, nunca otro pago más. Registrar cada obra no vale nada, es un servicio gratuito para los socios.

NOTA PERSONAL: por lo que respecta a mí, que soy creadora de contenido divulgativo de tipo didáctico, no me ha parecido ver que sus licencias cubran el sector al que yo pertenezco.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL


El Registro de la Propiedad Intelectual del Ministerio de Cultura y Deporte del Gobierno de España es la institución registral pública y oficial que tiene por objeto la inscripción o anotación de los derechos de propiedad intelectual relativos a las obras, actuaciones o producciones protegidas por la Ley de Propiedad Intelectual. La inscripción sirve como medida de especial protección del derecho inscrito, y se puede hacer presencial o telemáticamente. Estos son los precios:



DESCARGAR PRESENTACIÓN: enlace de descarga

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